La normativa sobre el transporte de mercancías peligrosas (ADR) establece exenciones relacionadas con las cantidades transportadas por unidad de transporte. En base a ellas, un conductor podrá realizar un transporte de mercancías peligrosas sin disponer del carné ADR en función de la cantidad total de mercancías transportadas y de la categoría de transporte que tengan asignadas dichas mercancías. Es por eso que nos podríamos preguntar cuántos kilos puedo llevar sin ADR. La categoría de transporte viene indicada, por cada número ONU, en la columna 15 de la tabla A del ADR. Así pues, si se realiza un transporte de mercancías con una categoría de transporte 1, la cantidad máxima total por unidad de transporte que puede llevar es de 20 kg/l. Si la categoría de transporte es 2, la cantidad máxima son 333 kg/l y, si la categoría de transporte es 3, la cantidad máxima son 1000 kg/l.

Entonces, ¿cuántos kilos puedo llevar sin ADR?

Si las mercancías que se transportan pertenecen a diferentes categorías de transporte, entonces se debe calcular cual es la cantidad total aplicando a cada categoría de transporte los factores multiplicadores designados en el ADR y realizando la suma total que no podrá ser superior a un valor de cálculo de “1000”. Así podremos saber los kilos exactos que se pueden llevar sin ADR. En este caso, la cantidad de materias de categoría de transporte 1 deberá multiplicarse por “50”, las de categoría de transporte 2 por “3” y las de categoría de transporte 3 por “1”. Las mercancías que tienen categoría de transporte 0 no se podrán transportar nunca bajo esta exención. Las mercancías con categoría de transporte 4 se pueden transportar de forma ilimitada. Esta exención permite realizar el transporte sin disponer de carné ADR pero no exime del cumplimiento de otras disposiciones del ADR como, entre otras, la obligación de llevar la carta de porte o de haber recibido una formación adecuada o saber cuántos kilos puedo llevar sin ADR.